“En respuesta parlamentaria, el Gobierno reconocía que durante 2012 se celebraron 14.721 concentraciones o manifestaciones. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado intervinieron al producirse actos violentes en 103 ocasiones. Sólo en el 0,70% de los casos. ¿Justifican estos datos la restricción del derecho de reunión pacífica y de libertad de expresión para proteger a la policía?,” señaló Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Amnistía Internacional lleva años denunciando la falta de mecanismos efectivos de rendición de cuentas sobre las actuaciones de las fuerzas de seguridad del Estado en casos de abusos y violaciones de derechos humanos, sin respuesta por parte de la Administración. Lo que deja a los ciudadanos y ciudadanas en una situación de indefensión frente al Estado.

Hay elementos en la Ley de Seguridad Ciudadana que vienen a agravar esta situación en un momento en que existe un clima de impunidad ante los excesos de las fuerzas de seguridad. Por ejemplo, el anteproyecto de Ley incluye como infracción leve el uso de imágenes o datos personales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, “que atenten contra su derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen”.

La indefensión de las personas ante la Ley también se materializa por ejemplo, en el incremento de las cuantías de las sanciones administrativas, así como en la “presunción de veracidad” que se otorga a la policía y que pueda impedir a las personas hacer valer sus derechos ante los tribunales con las suficientes garantías.

Amnistía Internacional recuerda que la Oficina para Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de las OSCE ha resaltado la labor fundamental de los periodistas y de las personas que recogen, analizan y distribuyen información en el contexto de las manifestaciones, una labor imprescindible para garantizar la rendición de cuentas tanto de participantes en las protestas como de las fuerzas de seguridad.

El recorte de derechos como respuesta

Amnistía Internacional lamenta profundamente que la respuesta política a las protestas sociales en el marco de la crisis económica sea intentar recortar el derecho de reunión pacífica y el derecho a la libertad de expresión. Tal y  como se refleja con el endurecimiento del proyecto del Código Penal o con el nuevo texto de anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana. Un proyecto de ley calificado como “desproporcionado” por el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks.

Amnistía Internacional considera que la protesta social, sea en la forma que sea (manifestación, concentración, escrache o acampada) y siempre que se lleve a cabo de forma pacífica, es un derecho esencial en los sistemas democráticos. La Declaración Universal de Derechos Humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o el Convenio Europeo de Derechos Humanos reconocen el derecho de toda persona a participar en reuniones pacíficas y a la libertad de expresión.

“Desde el momento que España es Estado parte de dichos pactos y convenios, sólo le queda garantizar el derecho de reunión pacífica y de libertad de expresión. Y no es admisible que se impulsen reformas legislativas que pongan en riesgo estos derechos”, señaló Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Desde la perspectiva de la legislación internacional de los derechos humanos es sumamente preocupante que se introduzcan, por ejemplo, disposiciones penales tan ambiguas en el proyecto del Código Penal que podrían convertir en actos criminales la simple participación en una protesta, los cortes de rutas, o los actos de desorden público, aún cuando no afecten a bienes, la vida o la libertad de las personas. O que que la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana tipifique con absoluta indeterminación conductas como las ofensas o ultrajes a España, que podrían estar claramente vulnerando el derecho a la libertad de expresión.

Restricción del derecho de reunión pacífica

Amnistía Internacional reconoce que existen diferentes normas legales, como el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, o el artículo 11 del Convenio Europeo para la protección de Derechos Humanos, que reconocen la posibilidad de regular el derecho de reunión, “pero siempre que se garantice que dichas restricciones son necesarias y proporcionadas, que se protege la libertad de expresión y de manifestación pacífica y que en ningún caso se hace un uso excesivo de la fuerza”.

Amnistía Internacional le recuerda al Gobierno que dichas restricciones, según el derecho internacional, en ningún momento pueden ser generalizadas, sino que deben ser estudiadas de manera individual, y no pueden alterar la esencia misma de los derechos. Tampoco estas limitaciones pueden estar motivadas exclusivamente en que otras persona encuentren ofensivas las protestas o en que las autoridades aleguen, sin demostrarlo, que constituyen un riesgo para el orden público

Peticiones de Amnistía Internacional

Amnistía Internacional le pide al Gobierno que:

  • Establezca mecanismos de control e investigación ante cualquier violación de derechos humanos cometida por miembros de las fuerzas de seguridad en el contexto de las protestas.
  • No impulse medidas restrictivas contra el derecho de reunión pacífica y de libertad de expresión contrarias a los estándares internacionales.
  • No permita que medidas administrativas o sancionadoras, como las que se están intentando implantar, repercutan en la esencia de estos derechos.
  • Inicie un diálogo con la sociedad civil antes de tomar medidas que pueden restringir derechos fundamentales como el derecho de reunión pacífica y de libertad de expresión.

Esta valoración de Amnistía Internacional está basada en partes fragmentadas del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana presentadas por el Gobierno. La organización valorará el anteproyecto completo, una vez sea hecho público.

amnistia.org