La controversia de Valladolid
Llegado a conocimiento del emperador Carlos los usos y abusos que sobre los naturales del Nuevo Mundo se estaban cometiendo, mandó parar la conquista y crear una junta de sabios en la ciudad de Valladolid, sede del Consejo de Indias en este momento, para que discutieran sobre dos temas que para la mentalidad del momento eran transcendentales:
- La legitimidad de la conquista, algo de capital importancia, pues verificaría si la corona hispana tenía derecho legítimo sobre las nuevas tierras.
- Por el contrario, si eran los indígenas quienes tenían ese derecho, considerándolos hombres iguales a los castellanos y no seres inferiores y por lo tanto susceptibles de ser sometidos.
Hoy esto nos puede sonar desfasado, incluso inmoral o escandaloso, pero como siempre, hay que volver a mirar en el pensamiento de la época, heredero de la doctrina cristiana que impregnó toda la cultura medieval y sentó las bases de Europa. La encomienda fue el medio usado por unos hombres y sus descendientes criollos, salidos de los estratos más bajos para subir en el escalafón social y tener una vida señorial, aplicando la máxima de la servidumbre. Por supuesto y como contrapartida surgieron voces, sobre todo de religiosos, que veían estos abusos como algo abominable y que había que parar.
Desde el principio la Corona se tomaba muy en serio todo lo que correspondía a América, pues desde el mismo momento del descubrimiento la reina Isabel I de Castilla “la Católica”, ya había promulgado leyes de protección para los naturales de las nuevas tierras, los tomó como súbditos suyos y ordeno evangelizarlos tratando de ampararlos, pues como cristianos serian iguales a los castellanos, ordenando incluso que se casasen españoles con indios dando comienzo así al mestizaje, algo que en la época era totalmente revolucionario, pues habrá países que hubieron de esperar al siglo XX para algo parecido.
Cláusula del testamento de la reina, referido al trato a los habitantes de las nuevas tierras: « XI. También mando que en cuanto que el Papa nos concedió las Islas y Tierra Firme del Mar Océano descubiertas y por descubrir [América y las islas cercanas], y como fue mi intención procurar, inducir y atraer a los pueblos que las pueblan a la fe católica, y enviar a las Islas y Tierra Firme prelados y religiosos y clérigos y otras personas doctas… para instruir a los moradores de aquellas tierras en la fe católica, y enseñarles buenas costumbres. A demás suplico al rey mi señor muy afectuosamente, y encargo y mando a la princesa, mi hija, y al príncipe, su marido, que así lo hagan y cumplan, y que esto sea su principal fin y en ello ponga mucha diligencia, y que no consientan ni den lugar a que los indios, vecinos y moradores de las Indias y Tierra Firme, ganadas y por ganar, reciban agravio alguno en sus personas ni bienes, antes al contrario que sean bien y justamente tratados, y si han recibido algún agravio que lo remedien y provean para que no se sobrepase en cosa alguna lo que en las cartas apostólicas de dicha concesión se mandaba y establecía »… Testamento de Isabel la Católica, Barcelona, publicado en De la Torre y del Cerro, A.; Alsina, E. (viuda de la Torre), 1974.

Testamento de Isabel La Católica.
Posteriormente su marido el rey Fernando, atendiendo las demandas de los frailes dominicos solicitó una junta de teólogos y juristas que estudiase sobre el trato que se daba a los indígenas, sancionando y firmando un año más tarde las “Leyes de Burgos”, base de lo que posteriormente fue el derecho indiano; ampliadas en 1513 por la reina Juana I de Castilla, en la denominada “Aclaración de las Leyes de Indias”, en las que se protege a las mujeres y a los niños, prohibiendo el trabajo desde el cuarto mes de embarazo hasta tres años después del parto, dando tiempo así a criar a su hijo; prohíbe el trabajo a los menores de 14 años y anima a educarlos; y restringe el trabajo de los indios para los españoles a nueve meses, trabajando el resto en sus tierras o a sueldo.
Su hijo Carlos, hombre profundamente humanista, con una concepción del mundo basada en la unidad política y religiosa, es decir una Monarquía Universal, y por lo tanto defensor a ultranza del catolicismo incluso contra el mismo Papa si era necesario; escuchaba con preocupación lo que al otro lado del océano pasaba.
Consulta entonces a distintos sabios y eruditos como Francisco de Vitoria, fraile dominico catedrático de la Universidad de Salamanca, considerado el fundador del Derecho Internacional Moderno. Alma de la Escuela de Salamanca, donde un grupo de profesores, teólogos y juristas intentaba conjugar la antigua doctrina de Santo Tomas de Aquino, con el nuevo orden social y económico que se planteaba ante los cambios drásticos a nivel social, religioso y geográfico que se estaban produciendo en el Renacimiento. Crítico con las jerarquías, incluso con el poder terrenal del Papa o del emperador, Vitoria exponía que todos los pueblos tienen derecho a su libertad y soberanía, así como a establecer relaciones con otras naciones y a comerciar con ellas, rechazando ciertos tipos de conquista. Esta manera revolucionaria de pensar, por supuesto no gustaba al emperador, quien a pesar de todo lo escuchaba, respetaba y tenía en cuenta. Asimismo defendía que los indios eran seres humanos con los mismos derechos que los castellanos, dueños de sus tierras y bienes. Propone hacer un debate para hablar sobre el tema en el que también participen los religiosos, pues al tocar este las conciencias, no se debe dejar que sólo sean juristas los que participen, pues es terreno de los teólogos. Lamentablemente él no pudo intervenir al fallecer en 1546.
Todo había comenzado con las distintas bulas papales que se habían ido dando desde 1455, delimitando y repartiendo los nuevos territorios descubiertos en África y América, entre las dos potencias del momento, Portugal y Castilla. Establecidos en el Nuevo Mundo, los castellanos aplicaron el viejo sistema medieval de la encomienda, que implantaba la servidumbre hacia los señores a cambio de protección para los siervos, con la particularidad en este caso de no solo proteger y cuidar, sino también de evangelizar. Pero la distancia entre ambos territorios era mucha y el control de la Corona escaso, de manera que los abusos de los encomenderos habían llevado a los indios a un sistema de esclavitud, lo que trasladó el debate hasta ese momento jurídico, al plano moral y filosófico, planteando la duda de: si los colonos no se ajustaban a la moral cristiana, Castilla perdería su derecho sobre los nuevos territorios.
Esto dio lugar a dos posturas bien diferenciadas, por un lado considerar a los indios como hombres libres y por lo tanto con derechos naturales, considerando la evangelización la única justificación de la conquista. Por otro lado, si Dios a través del Papa, su representante en la tierra, había dado estas tierras a los españoles, estos podían utilizar cualquier medio para reclamarla.
La primera cuestión era defendida sobre todo por los religiosos y en particular por los dominicos, llegando al momento cumbre el 21 de diciembre de 1511 con el famoso sermón de Adviento de fray Antonio de Montesinos (Antón de Montesino) pronunciado en la isla de La Española. En él Montesinos criticaba de forma contundente la actuación de los castellanos sobre los indios encomendados a su cargo, un sermón muy duro donde les preguntaba: « ¿Éstos, no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amallos como a vosotros mismos? ¿Esto no entendéis? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño tan letárgico dormidos? Tened por cierto, que en el estado que estáis no os podéis más salvar que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe de Jesucristo.»… Fr. Antón Montesino, O.P. Isla de La Española, Cuarto domingo de Adviento.
Se trata pues de un sermón preparado y firmado por toda la comunidad de religiosos, leído y pronunciado por el mejor predicador, el más vehemente. Este sermón no gustó a los encomenderos que llegaron a amenazar a Montesinos, incluso el virrey Diego Colón, se quejó ante fray Pedro de Córdoba, su superior, para que expulsase de la isla a fray Antonio o se retractase, pero los frailes no se dejaron amedrentar y al domingo siguiente Montesinos predicó un sermón más duro, amenazando con negar la confesión y la absolución si proseguían los maltratos a los indios, a la vez que daba cuenta a las autoridades; recordemos que en un mundo donde la religión lo impregnaba todo, en el pensamiento de estos hombres era la mayor de las desgracias, pues se le negaba el perdón de los pecados, condenándolos de esta forma para toda la eternidad.
Todo esto llegaba a Castilla, donde la preocupación de Carlos I va en aumento, estando dispuesto a atender las disputas teológico-filosóficas originadas por las denuncias sobre el mal trato hacia los pueblos indígenas.
Finalmente en abril de 1550 ordena la suspensión de la conquista, convocando la Junta de Valladolid, compuesta de teólogos y juristas, para que dictaminase sobre la justicia o injusticia de la colonización americana y decidir: «cuál sería el reglamento más conveniente para que las conquistas, descubrimientos y colonizaciones se hiciesen en concordancia con la justicia y la razón. »
Como precedente tenía las distintas juntas realizadas en la península y las juntas apostólicas celebradas en México desde 1524, junta a la que asistió el propio Hernán Cortés, varios frailes franciscanos, cinco sacerdotes seculares y tres o cuatro letrados. En ella se estudiaron los temas de la administración de los sacramentos del bautismo, confirmación y comunión, así como la forma más adecuada de impartir la enseñanza de la doctrina cristiana. Hubo otras seis juntas más, donde aparte de estos mismos temas se abordaron los problemas derivados de los repartimientos y encomiendas, siendo la más trascendental la realizada en 1544 a raíz de la publicación de las Leyes Nuevas, que prohibían a los encomenderos heredar las tierras y los indios que tenía la encomienda a los hijos de los conquistadores. La ley encontró un rechazo total en la ciudad de México, ante la gravedad de la situación el visitador Tello de Sandoval convocó la junta. A ella asistieron fray Juan de Zumárraga, obispo de México; Juan de Zárate, obispo de Oaxaca. Pedro Gómez de Malaver, deán entonces de Oaxaca y más tarde obispo de Guadalajara, México. Además de representantes de las tres órdenes allí existentes y otros insignes eclesiásticos y seculares. El resultado fue la derogación del capítulo que prohibía las encomiendas hereditarias, salvando de este modo el orden social en Nueva España.
La junta de Valladolid, se reunió en el Colegio de San Gregorio de dicha ciudad, presidida por el representante papal el cardenal Salvatore Roncieri. Entre los catorce miembros que la formaban estaban Bartolomé Carranza, teólogo ponente en el Concilio de Trento, nombrado posteriormente obispo. Domingo de Soto, teólogo y confesor de Carlos V. Melchor Cano, teólogo y filósofo, todos ellos frailes dominicos pues la Orden de los Predicadores era la que controlaba las universidades en este momento, hay que decir que Cano fue sustituido por Pedro de la Gasca, militar, diplomático, bachiller en Derecho Civil y Canónico, sacerdote y obispo. Gregorio López, jurista y consejero real. Pero los principales protagonistas, los que defendieron las dos posturas encontradas fueron: fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda, ambos humanistas, uno apologista cristiano, el otro, experto en Aristóteles e influido por su pensamiento, ambos justificaban el dominio castellano pero con dos enfoques muy distintos entre sí, dos formas de ver el mismo mundo.

fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda. Foto historiadeterceroblog
De la juventud de Bartolomé de las Casas, se sabe poco, estudió latín y se supone que llegó a bachiller, sin posteriores estudios universitarios. Junto a su padre había llegado de los primeros al nuevo mundo, primero como conquistador, es posible que luego fuera minero y más tarde colono, agricultor y doctrinero al tomar contacto con los dominicos. Hizo varios viajes entre la península y las nuevas tierras e incluso estuvo un tiempo en Roma. Ordenado sacerdote participó en la conquista de Cuba, junto a Pánfilo de Narváez, recibiendo una encomienda, pero la impresión que le había producido el sermón de Montesinos, unido a su propia experiencia como encomendero, le hicieron recapacitar renunciando a su encomienda ante el gobernador Diego Velázquez, tomando los sermones de Montesinos como base para el conjunto de su obra. Regresó a España junto a él, para presentarse en audiencia ante el rey Fernando, en Sevilla, pero la muerte del rey no lo hizo posible.
Escribe al cardenal Cisneros, en ese momento regente de Castilla, y a Adriano de Utrecht, tutor del príncipe Carlos, proponiendo una república de españoles y otra de indios, la creación de una diócesis, la evangelización pacífica y la liberación de los indios esclavizados, organización de comunidades mixtas y supresión de las encomiendas. Cisneros y Utrecht, le plantean un plan para la reforma de las Indias bajo las leyes de Burgos, nombrando a Las Casas consejero de los jerónimos, monjes elegidos para realizarlo, y a él protector universal de todos los indios de las Indias, algo de difícil ejecución ante la inexperiencia de dichos frailes y la rápida sintonía entre estos y los encomenderos. De regreso a España presentó al rey un plan socioeconómico de colonización pacífica, de vuelta a las Antillas e imbuido del mito del “buen salvaje”, pues consideraba a los indios gentes sin maldad, sin rencores, ni odios, quiso demostrar que se podían pacificar sin derramar sangre, en la utópica idea de que los indios estaban envueltos en una inocencia similar a la de los primeros cristianos.
Apesar de su buena voluntad fracasó todas las veces que lo intentó.
En 1530 consiguió que la Corona prohibiera la esclavitud de los indios en Perú, y más tarde el Papa Pablo III, le da el espaldarazo final a través de la Bula “Sublimis Deus”, declarando a los indios como seres humanos racionales y espirituales y que sus vidas y propiedades debían ser protegidas: «haciendo uso de la Autoridad apostólica, determinamos y declaramos… que dichos Indios, y todas las gentes que en el futuro llegasen al conocimiento de los cristianos, aunque vivan fuera de la fe cristiana, pueden usar, poseer y gozar libre y lícitamente de su libertad y del dominio de sus propiedades, que no deben ser reducidos a servidumbre y que todo lo que se hubiese hecho de otro modo es nulo y sin valor, [asimismo declaramos] que dichos indios y demás gentes deben ser invitados a abrazar la fe de Cristo a través de la predicación de la Palabra de Dios y con el ejemplo de una vida buena no obstando nada en contrario. Dado en Roma en el año 1537, el cuarto día de las nonas de junio (2 de junio), en el tercer año de nuestro pontificado ».
Las actuaciones de los dominicos en favor y defensa de los indios le convencen para entrar en la orden y continuar así su labor protectora y evangelizadora. Pero no todo en su biografía fue perfecto, pues en varias ocasiones abogó por sustituir a los indios por esclavos negros, algo que no se entiende y entra en contradicción con su pensamiento y obra, y de lo que se arrepentiría posteriormente. En 1540 regresa a España y plantea al emperador la reforma general del gobierno de las Indias.
Carlos V, que ya había abolido la esclavitud de los indios en 1530 la había vuelto a implantar cuatro años más tarde ante las airadas reacciones de los castellanos. Pero las voces contrarias reaccionaron culminando con la Bula “Sublimis Deus”, del Papa Pablo III, que ya hemos visto. Esto le llevó a proclamar en Barcelona en 1542 “Las Leyes Nuevas”, que entre otras cosas proclamaban la dignidad del indio, considerándolo un súbdito más de la Corona, eliminaba su esclavitud, anulaba la encomienda y prohibía nuevas campañas de conquista sin licencia, haciendo cumplir las leyes reales mediante vigilancia, procesos judiciales y castigos.
De la otra parte estaba Juan Ginés de Sepúlveda, de familia humilde había cursado estudios primarios ingresando posteriormente en la Universidad de Alcalá de Henares, donde estudio Filosofía y Griego. Más tarde en el Colegio de San Clemente en Bolonia (Italia), cursó Derecho y Teología, entrando en contacto con las corrientes humanistas de la mano del príncipe de Carpi, Alberto Pio. Trasladado a Roma, participó de las disputas teológicas y políticas del momento acercándose a los imperiales, lo que le hizo chocar con su amigo y protector Alberto Pio, que había sido enviado a Roma por Francisco I de Francia, para convertir a Clemente VII a la causa francesa. Tras pasar por Nápoles y Génova, regresó a España donde fue nombrado capellán y cronista por el emperador y más tarde preceptor del príncipe Felipe. Contrario a la teoría del libre albedrio de Erasmo, también lo era hacia las reformas de Lutero, a su vez fue un gran defensor de la reina de Inglaterra, Catalina de Aragón, ante su divorcio de Enrique VIII, que separó la iglesia anglicana de la católica.
Ya en España traduce la “Política” de Aristóteles, trabajo que le influirá mucho para su obra “Democrates secundus”, en la que da su propia versión de la teoría aristotélica defendiendo la sumisión de los indígenas, rebajándolos a la categoría de “similitudines hominis” (semejanzas del hombre), por la que los españoles se encontraban en el derecho de someter a seres de una naturaleza inferior.
Hay que decir que esta obra no solo encontró detractores en el clero, sino también en la propia Corte, al darse cuenta de que un texto tan conflictivo sería un peligro en Europa si alguien conocedor del latín lo leyera, de manera que no se le dio licencia para imprimirlo quedando inédito hasta el siglo XIX. Algo que no ocurrió con las obras de Bartolomé de las Casas, que con sus “Brevísimas”, en las cuales daba hechos, datos y cifras exageradas, poniéndose él como testigo presencial, pues su intención era hacerse oír, sin ser consciente que daba a los enemigos del Imperio una poderosa arma, la propaganda.
Reunidos finalmente todos los expertos La Junta comenzó; antes de nada hay que decir que al igual que los escritos de los ponentes, el debate no fue en castellano sino en latín, lo que nos indica su alto grado de preparación. Se partía del derecho romano que señalaba: el descubrimiento y ocupación legitiman el dominio e incorporación del territorio a la corona. A su vez el derecho canónigo medieval concluía que la esclavitud era contraria al espíritu del cristianismo pero permitía esclavizar a los infieles, pues el infiel carecía de personalidad jurídica y por consiguiente, no eran sujetos de derecho, pudiendo ser sometidos a esclavitud. Por último la legalidad de una conquista podía venir de la donación del Papa a un príncipe cristiano en virtud de la pretendida suprema jurisdicción de la Santa Sede.
Sepúlveda, defendía que los indios por naturaleza eran incapaces de gobernarse a sí mismos, por lo que los españoles serían quienes lo hicieran mientras se asentaban los organismos políticos de Castilla en las Indias, una vez evangelizados gozarían de un trato de mayor libertad. A su vez justificaba la guerra al ver con horror los sacrificios rituales de unos indios sobre otros, ofrecidos e inmolados a los dioses y objeto de antropofagia. Por supuesto una vez liberados, había que predicar entre ellos el cristianismo y evangelizarlos. Hay que resaltar que Sepúlveda si considera a los indios seres humanos racionales, lo que pone en duda es el grado de humanidad.
En el otro lado estaba De las Casas, fiel a la doctrina del “buen salvaje” considera al indio superior en cualidades naturales, y sobre todo morales, al español, proclama que los indios eran hombres al igual que los europeos, por consiguiente poseían los mismos derechos que estos. Tergiversa las palabras de Sepúlveda y le acusa de defender la esclavitud, a lo que Sepúlveda reacciona airado con una carta al juez Francisco de Argote, (padre de Luis de Góngora): «Cierto es, ¡qué duda cabe! que no es en modo alguno legítimo el despojar de sus bienes, así como el reducir a esclavitud a los bárbaros del Nuevo Mundo que llamamos indios. Ahora bien, sólo a una persona (se refiere a Bartolomé de Las Casas) que ve su causa desesperadamente perdida por voto unánime de todos los doctores, gracias a mi intervención, se le ocurre echar mano de la mentira y de la calumnia para atribuirme teorías tan extrañas que estoy muy lejos de sostener. Yo no mantengo el que los bárbaros deban ser reducidos a la esclavitud, sino solamente que deban ser sometidos a nuestro mandato…»

Ordenanzas de descubrimiento, nueva población y pacificación de las Indias.
La Junta no presentó ninguna resolución final, pues el resultado del debate no fue concluyente al considerarse ambos ganadores del mismo. Aunque la teoría de Sepúlveda prevaleció, la solución fue algo intermedio, un consenso de ambas, a partir de aquí la continuación de la conquista se hizo de manera diferente. Para empezar ésta no se retomó hasta 1556 y al paso del tiempo fueron las tesis de Las Casas, las que prevalecieron, culminando en las Ordenanzas de descubrimiento, nueva población y pacificación de las Indias, de Felipe II. Lo cierto fue que España, poco a poco formó un cuerpo legislativo, que independientemente de su cumplimiento, fue único en su tiempo y precursor de los futuros derechos humanos.
Lo realmente importante no fue la Junta en sí, ni su resolución, lo importante es que nunca antes un Imperio se había cuestionado si su actuación sobre otros hombres, otros pueblos, fuera la correcta, llegando a detener una conquista hasta intentar aclarar la justicia moral y ética de la misma.
Lo extraordinario es que un emperador, Carlos V, en la cima de su poder considerara que lo que estaba ocurriendo al otro lado del océano no era correcto y que un imperio, el español, además lo debatiera en público, lo que supone un cambio total de pensamiento.
Nada de esto se ha vuelto a repetir hasta nuestros días.
Quizá a la vista de los conflictos bélicos que tenemos en pleno siglo XXI ¿no habría que recordar aquel sermón de Montesinos y volver a preguntarnos?
¿Éstos, no son Hombres?
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