Veréis, en mi profesión he tenido muchas ocasiones tanto de toparme con el muro del poder como de comprobar que las leyes son de goma y de que ellos la interpretan en el sentido menos favorable para el ciudadano. Por esto, en orden a establecer una ley que garantice acceso a documentos oficiales hay que ser muy generoso pero sobre todo muy claro y muy rotundo.
En la propuesta de reforma de la Constitución que escribí y que está condensada en el Manifiesto 2012 se incluye una nueva regulación del acceso a las cuentas y documentos que tienen que ver con la financiación y el gasto del Estado. La redacción es tan simple que parece obvia y consiste en que cada factura, cada nómina, cada contrato de la Administración (incluyendo aquí todos los organismos públicos) y cada asiento contable esté en todo momento disponible para los ciudadanos en internet y en las bibliotecas públicas. Simple y plano: Es la solución que habría proporcionado cualquier ciudadano común no versado en derecho. Si se quiere dejar afuera los fondos reservados, de acuerdo. Pero el sueldo del alcalde, los plus de los diputados por acudir a los plenos, el gasto de la tarjeta visa, el combustible de sus vehículos, la adjudicación de los contratos de obras públicas, la renovación de las concesiones de las autopistas, los tiquets de los viajes al extranjero, el importe de las excursiones para “hermanamiento” de ciudades, los acreedores de la deuda soberana… Todo, todo y todo, pero absolutamente todo a disposición de los ciudadanos bajo la consigna de que lo público es público.
Lo que tenemos ahora es por un lado una regulación que en teoría permite el acceso a los expedientes archivados, salvo los que afecten a la intimidad de las personas, y de otro el proceso de elaboración en las Cortes de una llamada ley de transparencia, lo que confirma que al marco legal actual es insuficiente.
Este marco legal está formado básicamente por el artículo 37 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, con arreglo al cual podéis acceder al contenido de cualquier expediente administrativo archivado. Pero eso simplemente no se cumple, a lo que se llega mediante variados subterfugios en los que los funcionarios (no todos) han sido formados de manera específica.
Mis problemas cuando quiero hacer uso del derecho del artículo 37 de la LPAC son constantes, pero sufrieron un pico en la primavera de 2009, cuando la Dirección General de Costas simplemente se negó a que se pudieran examinar los expedientes de deslinde de dominio público archivados. Yo tenía unos clientes a los que les iban a tirar la casa y para estudiar la situación necesitaban ver el expediente, que se había aprobado en los noventa, pero no me dejaron. La excusa era, como suele ser, la pretendida necesidad de preservar la intimidad de las personas, básicamente su domicilio. Recuerdo que en aquellos días me metí en internet para obtener los domicilios y números de teléfono de la Directora General de Costas y del Secretario General del Mar, y que los obtuve fácilmente. En la primavera siguiente hablé del tema ante el Parlamento Europeo, aunque no me atreví a desvelar públicamente esos números de teléfono para que no me vinieran con alguna retranca legal. Pero en todo caso era obvio que la intimidad del domicilio era una excusa cuando podía obtenerse libremente en internet.
Lo importante de la situación que viví es que a través de ella pude confirmar lo que ya sabía: Que en nuestro país no hay controles y que la Administración puede hacer contigo lo que quiera. Denuncié la situación a la Dirección General de Servicios y prácticamente me mandaron a paseo. Y me siguieron mandando a paseo a pesar de que alegué con mucho candor que el Convenio Aarhus obliga a los Gobiernos a entregar a los ciudadanos la documentación medioambiental que éstos soliciten con la agenda con la que la soliciten y como máximo dentro del plazo de un mes. Bien, era documentación medioambiental lo que yo solicitaba, pero lo mismo que se burlaron del artículo 37 de la LPAC, se burlaron igualmente del Convenio Aarhus.
Me dirigí por escrito al gabinete del Ministro de Administraciones Públicas y recibí una larga cambiada por escrito diciéndome que estaba todo bien y que habían emprendido la elaboración de una ley de transparencia, que no sé si es ésta que están haciendo ahora u otra que fracasó, ni me importa.
Bajo mi punto de vista, la mejor ley de transparencia es ninguna. Es suficiente con ser fiel a la realidad de que lo público es público y consecuente con la idea de que si es nuestro dinero el que están distribuyendo, tenemos derecho a saber a quién se lo dan y por qué motivo. Se dice por ahí deja que ellos hagan la ley y déjame a mí hacer el reglamento, en referencia al procedimiento habitual de los que mandan para que esas leyes no sean eficaces. Sea como fuere, mi experiencia con la Administración y sus servidores me hace ser extraordinariamente escéptico en materia de leyes de transparencia (y de otras también).
Texto de la exposición de motivos de mi propuesta de reforma de la Constitución:
“Por fin, se introduce una norma también novedosa y audaz en la regulación de la Administración, disponiéndose que la totalidad de sus cuentas queden disponibles de forma libre y gratuita a través de internet y en las bibliotecas públicas.
La medida persigue, obviamente, la transparencia en los asuntos públicos, y de forma muy especial acabar con la lacra de la corrupción política y económica, que en los últimos años ha asolado el país. Siendo tecnológicamente posible, como es, exponer al público esos datos, no existe motivo alguno para no hacerlo, partiendo de la perspectiva de que los asuntos públicos, aunque esto parezca tautológico, son públicos, y lo son a todos los efectos”.
Modificación del artículo 103 de la Constitución:
El artículo 103 tendrá la siguiente redacción:
- La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
- Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la Ley.
- La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
- A fin de llenar de contenido el derecho a la información y fomentar la transparencia de los poderes públicos, cada institución del Estado deberá publicar en internet la totalidad de sus cuentas económicas y contratos, de manera que todos los ciudadanos puedan tener acceso a ellas de modo libre y gratuito. Esta información estará disponible también y será susceptible de consulta en todas las bibliotecas públicas del país.
No sólo soy escéptico con las leyes de transparencia. Lo soy también con la Intervención General del Estado, la Sindicatura de Cuentas y todos los órganos encargados de revisar las cuentas públicas. Las personas que están al frente de esos organismos son o suelen ser miembros de partidos políticos y con eso lo digo todo.
De la misma forma que el NWO no puede manejar a los dirigentes políticos si la democracia está sujeta a su imprevisión natural, de manera que lo que surja de las urnas no pueda decidirse previamente con dinero, así también los corruptos que ahora campan a sus anchas pese a la supervisión de todos los órganos de control, nunca podrían estar seguros de que sus fechorías quedarán impunes, como lo están ahora, si ese control pasase a los ciudadanos. Siempre habría un economista en paro, un contable desocupado o simplemente un curioso que pueda descubrirlos. Y además lo harían gratis, aunque desde luego creo que la iniciativa debería recibir estímulos económicos para hacerla más eficaz. Por ejemplo, el ciudadano percibe un 5% del importe recuperado por el Estado como consecuencia de su denuncia. Ya verías cómo se acababa todo en dos semanas.
Por ese motivo confío en mi propuesta contra la corrupción y en cambio no confío nada en la ley de transparencia que puedan elaborar los mismos que… Bueno, ya sabéis.
Si os parece que ésta puede ser una buena fórmula para impedir o dificultar al máximo la corrupción, simplemente hablad de ella. Difundidla, comentadla, refinadla para que sepamos que hay soluciones. El momento de ponerlas en marcha llegará si sabemos que existen. En cambio, si nos limitamos a quejarnos, lamentarnos e indignarnos, nunca cambiaremos nada.
José Ortega es abogado y autor del blog de José Ortega
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