Este tema ya estuvo en discusión desde la antigüedad y continúa estándolo en pleno siglo XXI. La pena de muerte ha sido un castigo contemplado en las costumbres y ordenamientos jurídicos de las culturas orientales, en un principio (ya desde el III milenio a.C) de Sumer, Asiria e Hititas. El código de Hammurabi es, sin duda, el más conocido de todos ellos.
La pena de muerte también se admitía en los códigos judíos, griegos y romanos para ciertos delitos como la violación, asesinato, robo o crímenes de alta traición al Estado. Un dato a considerar era que la pena de muerte no se generalizaba en ninguna de estas civilizaciones sino que se atenían a algunos casos concretos aplicando el código penal e incluso los reos podían ver conmutada su muerte por el destierro en algunos casos.
Evidentemente a estas sociedades antiguas no les interesaba la aplicación de la pena capital en masa ya que entonces se quedarían sin mano de obra para poder trabajar. El primer paso “positivo” para acabar con las ejecuciones en masa se produce siglos antes a nuestra Era. Egipcios, griegos y romanos consideraban que mejor que matar a los soldados enemigos, hechos prisioneros en el campo de batalla, era más conveniente encadenarlos y llevarlos a las ciudades para venderlos en pública subasta como esclavos. Así se paso de la muerte a una vida dura y miserable pero respetando sus vidas aunque a costa de penosas e interminables horas de trabajo en el campo o en las minas de un señor particular o del propio Estado.
En aquellas culturas se entendía que los actos gravemente culpables -tales como el asesinato, el incesto, la blasfemia, el bestialismo, la práctica de la homosexualidad o la traición- desencadenaban la ira divina sobre la sociedad bajo formas tales como la sequía, la plaga o la derrota en las guerras. Por ende, la sociedad se protegía a sí misma removiendo ese motivo de ira divina, a través de la ejecución.
Los pensadores de la antigüedad como Platón eran partidarios de la aplicación de la pena de muerte al considerarlo “el menor de los males” que servirá para apartar a los malos del mal camino y se convertirá en ejemplo para el resto de los ciudadanos.
El cambio de mentalidad hacia la abolición de la pena de muerte se iniciará lentamente a partir de algunos pensadores cristianos. El primero de ellos será Tertuliano (s.II-III d.C) que ponía en duda la utilidad de la pena de muerte no solo por el precepto cristiano de “no matarás”, sino también porque: “ ¿Quién me garantiza, después de que los condenados sean destinados a las fieras…que no quede herida la conciencia, o sea hecha por venganza del juez o por la incapacidad del defensor?. Cuánto es mejor no saber cuándo los paganos sean castigados, así no sé tampoco cuándo mueren los inocentes”. (De spectaculis, 19)
Hoy en día la Iglesia Católica se sigue oponiendo al empleo de la pena capital:
“Todos los cristianos y los hombres de buena voluntad están llamados a luchar no sólo por la abolición de la pena de muerte, legal o ilegal que sea, y en todas sus formas, sino también con el fin de mejorar las condiciones carcelarias, en el respeto de la dignidad humana de las personas privadas de libertad.” (Papa Francisco, 23 de octubre de 2014)
Considero que el uso de la pena de muerte es injusta por varios motivos:
1º. Porque se puede ejecutar a una persona al considerarla culpable de un grave delito pero, tiempo después, se puede llegar a la conclusión, con el hallazgo de nuevas pruebas, que el ajusticiado había sido inocente. El 23 de agosto de 1927, se ejecutaron en Estados Unidos a dos inmigrantes italianos, Sacco y Vanzetti, por un crimen que no habían cometido. Más recientemente, en septiembre de 1996, se encontró en Taiwán el cadáver de una niña de 5 años con síntomas de violación. Fue acusado del hecho el soldado Chiang Kuo-Ching. Después de ser torturado durante más de 37 horas Chiang se autoculpó del crimen y fue ejecutado. Cuatro años después se reabre el caso y se comprobó que las muestras de ADN que habían sido tomadas en el lugar del crimen no correspondían con las de Chiang. Todas estas evidencias habían sido ocultadas durante el juicio. Hsu Juag-Chou confesó haber cometido el crimen por el que se condenó a muerte a Chiang-Kuo-Ching.
2º. La pena de muerte es injusta por discriminatoria ya que se aplica en mayor medida a las minorías de color y a los pobres respecto a los ricos.
Según un Informe de Amnistía Internacional. “La mayoría de los asesinatos cometidos en Estados Unidos tiene como protagonistas a asesinos y víctimas de la misma raza. Sin embargo, casi 200 negros han sido ejecutados por asesinar a víctimas blancas: una cifra 15 veces superior a la del número de blancos ejecutados por matar a negros, y al menos 2 veces más alta que la de negros ejecutados por matar a otros negros. Los negros suman un 12 % de la población, y sin embargo constituyen más del 40% de los condenados a muerte.”
3º. Las personas hemos de ser inviolables. Por muy grande que sea el nivel de degradación de una persona, ésta nunca pierde el derecho fundamental a la vida ya que éste es el primero de los derechos humanos. El derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana. Si ese primer derecho es desconocido o avasallado se quiebra el fundamento moral de todos los demás derechos humanos y se abre el camino para que la irracionalidad y la barbarie imperen sin límites en el mundo.
Como señalaba, en junio de 2015, Tsakhia Elbegdorj: “La base de la justicia es el respeto a la dignidad humana… en ninguna circunstancia es aceptable la pena capital”.
4º. La pena de muerte no es útil a la sociedad. No está demostrado, que la pena cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Como todo el mundo sabe los delitos y crímenes siguen en aumento y, muy especialmente, en aquellos países que aplican la pena de muerte. Además, el hecho de asesinar a una persona, por parte del Estado, puede conllevar que ese acto se copie y provoque así, la violencia que quería disminuir.
5º. Perversión de los fines del sistema penitenciario. Quitar la vida a una persona supone renunciar a la reeducación y reinserción social.
Amnistía Internacional en su Informe 2016 sobre la pena de muerte resalta el alarmante aumento de las ejecuciones. Nunca, en los últimos 25 años, habían sido ejecutadas tantas personas por Estados de todo el mundo. Al menos 1.634 personas fueron ejecutadas en 2015, lo que supone, según Amnistía Internacional, un aumento del 50% respeto al año anterior.
A pesar del pesimismo de estas cifras he de decir que el 89% del total de ejecuciones se llevan a cabo en tan solo 4 países: Irán, Pakistán, Arabia Saudí y Estados Unidos y que la opinión pública cada vez está más en contra de la pena capital.
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