La formación, o si se prefiere la Instrucción Pública, que es una obligación del Estado por medio de las instituciones públicas del mismo; desde la escuela infantil de 3 a 6 años, la formación obligatoria, incluida la profesional, debe establecerse desde los 6 a los 18 años, la formación universitaria de 18 a 30 años. Desde los 30 hasta la muerte la formación debe ser continua.

Lo que antecede es nuestra aproximación al tema ya que tras ello está la idea motora del presente epígrafe, que es la edad laboral. Desde el 15 de marzo de 1980, fecha en la que entró en vigor la Ley 8/1980, de 14 de marzo, conocida como Estatuto de los Trabajadores, título que toma por lo dispuesto en el artículo 35.2 del vigente texto de la Constitución Española de 1978. La edad laboral, por negación directa del artículo 6.1 del vigente texto del Estatuto de los Trabajadores, está fijada a la edad de 16 años.

Han pasado cuarenta y un años, han cambiado las gentes y la sociedad en su conjunto, también lo han hecho los sistemas de instrucción pública, se han transformado las economías, han cambiado los sistemas productivos; han desaparecido los viejos sistemas de formación de los oficios; pero no ha cambiado la edad de acceso al trabajo.  Es por ello por lo que entendemos que la edad laboral debe cambiar y ser fijada una vez cumplidos los 18 años. No sólo porque con ello no se aligera el “mercado laboral”, cuanto que con la ampliación de la vida escolar obligatoria, se beneficiaría la capacitación profesional de los educandos que no pasan a la universidad. Tal extensión del período de formación debe fortalecer la pericia y capacitación de los futuros aprendices de los centros de trabajo, incidiendo en los conocimientos prácticos y técnicos de las distintas profesiones u oficios.

Está probado que la moderna formación a distancia por medios telemáticos, lo único que facilita, cuando ello ocurre, es una serie de conocimientos teóricos, que más pronto que tarde terminan cayendo en el olvido de los educandos.

Las “Escuelas de Aprendices”, hace muchos años que “pasaron a mejor vida” y, por muchos inventos que nos han dado los sistemas formativos, con intervención y mediación de terceros, ninguno ha dado resultado. Han sido muchos los esfuerzos y capitales invertidos, los que todos han sido un absoluto fracasado, inclusive, en muchos casos por razones interesadas. La formación profesional tiene una vertiente teórica y otra práctica, la que con absoluta certeza debe darse “en el tajo” con la supervisión de un profesional capacitado y conocedor del oficio de que se trate.

Igual que “andando se hace camino”, los educandos, cualquiera que sea la profesión u oficio, en paralelo a la formación teórica, debe estar la formación práctica.

Por tal, dada la gran deficiencia y menoscabo que sufre la “formación profesional”, es por lo que entendemos que ampliando dos años más la formación en las aulas, los educandos, cualquiera que sea la profesión u oficio de su elección, según sus gustos y habilidades, perfectamente pueden mejorar los conocimientos teóricos y prácticos de los oficios de sus preferencias.

La elección de profesión u oficio de los educandos, además de los gustos personales de los estudiantes, deben contar con la orientación de los centros de formación, para lo que debe intervenir el “claustro de profesores” del centro formativo, incluido un informe individual de los psicólogos y pedagogos de los centros instructivos. Ello sin olvidar la opinión de los padres o tutores de los educandos.

Todos los oficios precisan de técnicos superiores, medios y oficiales de solvencia que sepan llevar a “buen puerto” todas las profesiones y oficios. La capacitación profesional y el correcto desempeño de las tareas, precisan de “maestros” y “oficiales” que conozcan su oficio con total perfección, lo que sin duda, ello sólo se logra con un perfecto conocimiento teórico y práctico inmaculado, para lo que en todos los casos exigirá mucho tiempo y dedicación interesada en el buen hacer y la perfección.

Ningún oficio se conocerá en la forma debida, si en su enseñanza no hay una perfecta simbiosis en el binomio teoría-práctica. No hemos de olvidar que cualquier criatura, aún teniendo la mejor de las capacitaciones teóricas, para conocer el oficio de su elección, necesitará no menos de tres años en la categoría de “aprendiz”. Una vez ello deberá de pasar por las siguientes subcategorías hasta llegar a la de “oficial”, donde deberá de acreditar toda la capacitación y belleza del oficio de su elección.

Es por ello por lo que entendemos que la escolarización obligatoria debe extenderse hasta la edad de los dieciocho años. Con tal  ampliación de instrucción pública obligatoria, no sólo se lograría mejores aprendices, cuanto también individuos más formados, por ende entraríamos en el camino de lograr sujetos más capacitados para los oficios de su elección y, por extensión al tener una formación más amplia, entendemos que también alcanzaríamos una ciudadanía más ética de lo que a diario podemos observar.

Con ello no solo se equipararía la edad laboral mayoría de edad civil y penal, cuanto que también mejoramos en nivel de empleo y la vida activa del mismo.

Joaquín Castillo Blanco es miembro de la Academia Norteamericana de Literatura Moderna Internacional, Capítulo Reino de España.