Por este intrigante deambular entre el estado de los Objetivos del Milenio, que es merodear por el estado de nuestras propias conciencias y remover el estado de las penas de los más desfavorecidos, al llegar al tercero que nos habla de alcanzar la igualdad de derechos y oportunidades entre los géneros, nos damos cuenta de lo lejos que estamos de lo justo.

Si en otros puntos hemos podido hablar de tímidos avances, frenados hoy por la crisis económica, en el apartado de la igualdad de los sexos hemos sufrido incluso retrocesos desde aquellas intenciones del año 2000 en la llamada Declaración del Milenio. Pero lo más triste es que la anterior afirmación puede considerarse exagerada y alarmista a los ojos de los Países Desarrollados y en función de los logros en los entornos privilegiados. Sin embargo, si somos capaces de valorar teniendo en cuenta la situación global actual, aceptaremos que hemos dado un paso atrás, y en esta ocasión no es para tomar impulso.

Desafiar la discriminación contra la mujer y aceptar el contenido de la Declaración de los Derechos Humanos, en su artículo 2, es un tema pendiente que tiene la sociedad mundial. Los indicadores relacionados con el objetivo que nos ocupa buscan medir el progreso hacia la mayor alfabetización de la mujer, hacia la mayor participación y representación de ésta en la política y en la toma de decisiones de los Estados y hacia la mejora de las perspectivas de empleo. Con ello ya reconocemos  que el tema de la igualdad de género no se limita a un solo objetivo sino que se aplica a todos ellos, e implícitamente aceptamos que la cosa está muy lejos de cumplirse, puesto que reconocemos que desde la escuela, hasta los mecanismos del poder político, pasando por los profesionales, están faltos de igualdad de oportunidades.

Establezcamos un decálogo simple de actuaciones:

  1. Sin un progreso real hacia la igualdad de género y sin la capacitación de la mujer, no se alcanzará ninguno de los objetivos previstos de desarrollo del milenio.
  2. Asegurar que las niñas, como los niños, tengan el derecho a la escolarización.
  3. Concienciar a los países desarrollados de las medidas de “discriminación positiva”, son validas para los estados en desarrollo y con graves dificultades para la igualdad de la mujer, pero improcedentes en una sociedad avanzada. 
  4. Fomentar la educación ciudadana para que la mujer elija libremente el papel que quiera desenvolver en su sociedad y ejerza sus derechos.
  5. Establecer leyes eficaces en materia de contratación para evitar las desigualdades salariales y diferencias profesionales.  
  6. Impulsar la independencia económica de la mujer.
  7. Promover desde las administraciones e Instituciones una igualdad de trato para ambos sexos. Las primeras que deben concienciarse al respecto, son las propias funcionarias.
  8. Asegurar su libertad religiosa, política y su libre albedrio.  Evitar el maltrato y la sumisión. 
  9. Sensibilizar a los estamentos religiosos, de todos los dogmas, de los derechos inalienables de la mujer en cuanto a igualdades y libertades.
  10. Pedir a las propias mujeres que eduquen a sus hijos, de ambos sexos, en los mismos principios de igualdad que se reclaman en los Objetivos.

Este decálogo que apuntamos y que parece tan obvio como los mismísimos Derechos Humanos, se incumple en alguno de sus puntos en todos los estados y totalmente, en muchos de los países a los que visitamos como turistas o mantenemos relaciones comerciales.

Esta falta de oportunidades para las mujeres en la llamada aldea global, se ha complicado y vuelto más pesimista por la crisis. En los países de Oriente Medio el crecimiento de las economías diversificadas descendió en casi 2 puntos porcentuales en el año. De un fuerte resultado de 6.6 por ciento en 2008 (impulsado por el crecimiento de más de 7 por ciento en la República Árabe de Egipto),  se ha descendido al 4.7 por ciento. El “apagón”  de exportación a la zona euro, produjo fuertes descensos en las expediciones de mercancías de países como Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez. Al mismo tiempo, las remesas cayeron 6.3 por ciento en 2009, y los ingresos por turismo 5 por ciento, ambas importantes fuentes de ingresos externos que apoyan el consumo de los hogares y la creación de empleos en esos países. El resultado de todo ello ha repercutido, sobre todo, en el empleo femenino y en los ingresos del hogar, que también es “responsabilidad” de las mujeres.

Nos quedaríamos muy conformados, así tendríamos excusa, si esto sólo ocurriera en los países en desarrollo, pero no es triste la verdad, lo que no tiene es remedio y, en otros formatos, el caso es paralelo en el mundo avanzado. Aún antes de la maldita crisis, los objetivos de Lisboa año 2000 se centraron en la perspectiva de género y en los esfuerzos necesarios para alcanzarlos, en particular en lo que referente  a la tasa de empleo y de desempleo de las mujeres. Pero Europa no ha podido consigo misma.

El sexto informe de la Comisión Europea de 2009 recoge los principales avances registrados en 2008 en materia de promoción de la igualdad entre las mujeres y los hombres. En lo que respecta a los desafíos demográficos y económicos actuales, la participación de las mujeres contribuye de manera esencial al crecimiento, al empleo y a la cohesión social de la Unión Europea, sin embargo en la práctica la discriminación efectiva ha continuado. En 2008, la tasa de empleo de las mujeres se acercaba a los objetivos fijados por la Estrategia de Lisboa (un 60% en 2010). No obstante, esta proporción varía entre el 36,9% y el 73,2% según los Estados miembros. Además, las mujeres están empleadas  en los trabajos más precarios, de duración escasa o a tiempo parcial.

Concretamente en España, en un estudio de Desigualdades en el desarrollo geopolítico de género en España 1980- 2005, elaborado por un grupo de investigación de la Universidad de Alicante, dirigido por Mercedes Carrasco-Portiño, el corriente mes de mayo y publicado en la Revista Española de Salud Pública, se destaca que las mujeres ganan menos que los hombres y eso es un lastre para conseguir la tan esperada igualdad entre las dos mitades de la población mundial. Concretamente, las mujeres ganaban en España en el 2005 lo mismo que los varones en 1980. Textualmente, dice el mencionado estudio: “Esta diferencia salarial entre hombres y mujeres indica desigualdades de género por segregación de ocupaciones, discriminación salarial y fluctuación de las tasas de actividad en el trabajo remunerado”.

La igualdad entre hombres y mujeres debe ser uno, y así está consagrado, de los principios fundamentales del Derecho comunitario. Los objetivos de la Unión Europea (UE) en materia de igualdad entre hombres y mujeres  garantizan la igualdad de oportunidades y de trato entre ambos sexos que apuntábamos en nuestro decálogo. En este ámbito de la lucha contra la discriminación basada en el sexo, la  UE promueve un doble cam
ino: las acciones específicas y la integración de la perspectiva de género.

En su dimensión global, la lucha contra la pobreza, el acceso a la educación y los servicios de salud, la participación en la economía y el proceso de toma de decisiones, y la equiparación de la defensa de los derechos de la mujer con la defensa de los derechos humanos, son pilares básicos para el Objetivo. Seis son, según los expertos, las áreas prioritarias de actuación:

  • La misma independencia económica para las mujeres y los hombres;
  • La conciliación de la vida privada y la actividad profesional;
  • La misma representación en la toma de decisiones;
  • La erradicación de todas las formas de violencia de género;
  • La eliminación de los estereotipos sexistas, y
  • La promoción de la igualdad de género en la política exterior y de desarrollo.

Nosotros añadiríamos una séptima que apuntábamos más arriba: El respeto de todas las religiones y credos por la mujer.

Tal vez, e injustamente, se identifique globalmente al Islam como único credo que impide la igualdad entre los géneros, desgraciadamente esto no es así y podemos poner ejemplos de cualquier culto. Concretamente, y según fuentes islámicas, “Todas las aleyas del Corán relativas a las mujeres, hablan de derechos, excepto dos que son prescripciones de conducta. Un cuidadoso estudio del texto coránico, mostraría que el discurso completo del Corán, acerca de las mujeres, está basado en derechos y el discurso acerca de los hombres está basado en obligaciones. Pero en las leyes de la Sharia esto ha sido cambiado, si no completamente en parte, por costumbres y tradiciones”. Así, el Corán comienza con una declaración de igualdad entre sexos y continúa prescribiendo derechos para las mujeres.

Por tanto, y según las mismas fuentes que cito textualmente: “Los derechos de las mujeres son cruciales hoy y, la manera en que los derechos de las mujeres son violados en las sociedades islámicas, atrae amplias críticas en los medios de comunicación y también en círculos de eruditos. Muchos eruditos islámicos modernos han estudiado detalladamente varios textos islámicos en relación a los derechos de las mujeres, incluido el Corán y están tratando de reinterpretarlos”. Dijo el Profeta: “El mejor entre vosotros es aquel que es el mejor para su mujer”.

No hay excusa para nadie, la mujer tiene estipulados sus derechos, que son iguales que los de los hombres y en esto se basa el punto tres de los Objetivos del Milenio. Sólo así tendremos una sociedad justa e igualitaria, lo demás son intereses de los que pretenden mantener un status diferenciado sobre el otro sexo y, porque no decirlo, la falta de conciencia de algunas mujeres que pueden educar en estos principios a sus hijos y no lo hacen. Recuerden el poema de William Ross Wallace: “La mano que mece la cuna, es la mano que gobierna al mundo”.